Marbury vs Madison
En una sentencia pionera, que instauró el control de constitucionalidad de las leyes por parte de los Tribunales, Marbury obtuvo lo que podría calificarse, sin duda, de una derrota pírrica. En efecto, de las tres preguntas que el Tribunal Supremo debía resolver en su caso, las dos primeras fueron resueltas a su favor, mientras que la última y definitiva en su contra, y, por lo tanto, su caso fue desestimado.
Los hechos del caso no son complejos o, al menos, si se analizan desprovistos de la carga política que conllevaban: los Federalistas, de John Adams, abogaban por un mayor poder del Gobierno Federal, mientras que los republicanos de Thomas Jefferson temían que ese poder iba en contra de la esencia misma de la Democracia. Este enfrentamiento amenazaba con fracturar la, por entonces, joven democracia.
El poder judicial era uno de los escenarios donde se produciría la lucha de partidos En uno de los cambios de gobierno, por la pérdida del poder de los Federalistas, en 1801, frente a los republicanos, los perdedores en las elecciones reformaron, mediante la Judiciary Act, este sector del poder reduciendo los jueces del Supremo de seis a cinco y nombrando nuevos magistrados, de los cuales dieciséis jueces de paz, llamados por la nocturnidad y precipitación de su nombramiento "midnight judges"
Entre ellos, se encontraba Marbury. Fue nominado (nominee) pero no nombrado (appointed), pues, en el fragor y precipitación del traspaso de poder, el Secretario de Estado de su facción, (el propio Marshall, luego Juez del Supremo que resolvió este caso y al que se le ha acusado de que debió abstenerse) no llegó a ponerle el sello, a registrar el nombramiento y a entregárselo a su destinatario.
Marbury reclamó al nuevo Secretario de Estado republicano, James Madison, la entrega de su nombramiento, a lo que éste se negó, ante cuya negativa se vio obligado a acudir al Tribunal Supremo.
Las tres preguntas decisivas del caso fueron las siguientes:
1) ¿Tenía Marbury derecho a obtener su nombramiento?
2) En caso de tenerlo, ¿existía algún remedio para hacer cumplir ese derecho?
3) De contestarse afirmativamente las dos anteriores, ¿era competente el Tribunal Supremo para otorgarle ese derecho?
Las dos primeras cuestiones, las que fueron contestadas afirmativamente, podemos decir que son de Derecho material. En cambio, la tercera, de naturaleza procesal y constitucional, es la que otorga el carácter paradójico a la Sentencia, puesto que demuestra que la arriesgada estrategia procesal del abogado de Marbury, Charles Lee, de solicitar el mandamus ante el Tribunal Supremo directamente, en primera instancia, en lugar de ante los Tribunales del Distrito de Columbia, de mayoría republicana, por temor de que fuese rechazada, no fue la adecuada. Pero no adelantemos acontecimientos, vayamos por partes...
Respecto al primero punto el Tribunal Supremo dedica sus consideraciones a distinguir los distintos momentos requeridos por la Ley para completar el nombramiento de cargos públicos: 1) la nominación, ("nomination") hecha por el Presidente, 2) El nombramiento ("appointment") acto del presidente igualmente, con el asesoramiento del Senado, 3) El encargo
( "The Commission") y 4) los requisitos formales el affixment of The seal y el "Register"
El Tribunal Supremo afirma:
"La discreción del ejecutivo ha de ser ejercida hasta que el nombramiento ha sido hecho. Pero, una vez hecho el nombramiento,o su poder sobre el cargo ha terminado en todos los casos, en los que, el cargo no puede ser cesado por él. El derecho a un cargo se encuentra entonces en la persona nombrada, y él tiene el absoluto, incondicional poder de aceptarlo o rechazarlo.
Mr. Marbury, pues, desde que se firmó su encargo por el Presidente, y sellado por el Secretario de Estado, fue nombrado; y como la Ley que crea el cargo le dio al oficial el derecho de intentarlo durante cinco años, independiente del ejecutivo, el nombramiento no fue revocable, sino que invistió al cargo derechos legales, que han de ser protegidos por las leyes de este país."
El segundo punto, relativo al remedio, el Tribunal sostuvo que si existe un wrong ("daño") debe existir un remedy ("remedio") y este debe ser el writ of mandamus, una especie de mandamiento judicial, sobre el que no nos detendremos por ser un tecnicismo histórico legal que se remonta a la época de Blackstone, pero al que el Tribunal contesta afirmativamente.
Hasta ahora Marbury ganaba por 2 a 0. Sin embargo, la tercera pregunta contestada negativamente es la que da al caso, como decimos, un carácter paradójico y adopta un giro copernicano digno de un Houdini jurídico. Se basa en una sutil distinción procesal entre la jurisdicción original y la de apelación. De acuerdo con la Constitución americana, el Tribunal Supremo ostenta como regla general jurisdicción de apelación, salvo determinadas excepciones, afectando, entre otros, las relaciones entre Estados. Sin embargo, la reforma introducida por la Judiciary Act otorga poderes de jurisdicción original más amplios, a los que el abogado de Marbury se acogió.
El Tribunal Supremo afirma que si una ley ordinaria puede entrar en conflicto con la Constitución, ésta no sería ley superior y que le corresponde a los Tribunales determinar cuándo una con otra.
Termina declarando que la reforma del judiciary act es contraria a la Constitución y, por lo tanto, nula y la regla sostenida por Marbury debía ser desestimada.
Al final, el juez Marshall evalúa sus propias fuerzas y, anticipando que de estimar la obligación del ejecutivo de entregar el nombramiento, ésta no sería cumplida, debilitando la posición del Tribunal Supremo, lo fortalece denegando su petición de un acólito, introduciendo la "judicial review", equivalente a un control de constitucionalidad desconcentrado, por primera vez en la historia
Fuentes: Marbury VS Madison complete text. Library of Congress https://tile.loc.gov/storage-services/service/ll/usrep/usrep005/usrep005137/usrep005137.pdf
Stephen Bryer (Juez del Tribunal). El Tribunal Supremo, América y su historia.

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