Entradas

Sobre los Arrêtistes, una profesión jurídica

Imagen
  En su Prólogo a la obra de José Cerdá Gimeno " Comentarios a la jurisprudencia del Tribunal Supremo en Derecho de Familia ", el profesor Diez Picazo resalta la importancia que tiene para la comunidad jurídica la profesión de Arretista. Arretista es un galicismo que viene de la palabra Arrêt o sentencia, sería un comentarista de Sentencias. En dicho prólogo encontré la primera y la última referencia de esa palabra que no se encuentra en el Diccionario de la Real Academia, del que se desprende las cualidades que debe poseer un buen arretista en los siguientes términos: “ Puede, por tanto, llamarse arretista al que estudia y comenta decisiones de los tribunales de justicia de singular importancia y, especialmente, la sentencias del Tribunal Supremo. El arretista consciente de su función debe limitarse a encuadrar la sentencias que estudia en el marco de la serie de sentencias que versan sobre el mismo tema y dar si es necesario un toque de atención.  Digo esto porque arretist...

Ihering. Anecdotario Jurídico

Imagen
Rudolf von Ihering (1818-1892) fue uno de los más grandes juristas alemanes del siglo XIX. Aunque comenzó como un defensor de la lógica rigurosa, terminó convirtiéndose en el crítico más brillante del formalismo vacío. En su obra Bromas y veras en la ciencia jurídica, utilizó el humor para recordarnos que el Derecho debe servir a la vida, y no al revés. Autor de célebres libros jurídicos como La lucha por el Derecho, (traducido al español por Leopoldo Alas Clarín) El espíritu del Derecho Romano, La Posesión, desplegó en ellos una gran dosis de brillante erudición. A continuación, transcribimos dos de sus pasajes más famosas, donde la agudeza de su pluma brilla con luz propia: I. El concepto jurídico de «Turco» Sobre cómo la ficción legal permite que el Derecho sobreviva a la desaparición de la realidad. « Esta extensión analógica del concepto de «enemigo» me trae al recuerdo un caso semejante, que se relaciona precisamente con Austria y del que me enteré durante mi permanencia en Vie...

Alfarrasar. Contratos agrarios vslencianos

Imagen
1. Introducción. Etimología  Alfarrassar o Alfarrazar, en valenciano o en español, respectivamente, es un vocablo de origen árabe (probablemente proviene de la palabra Al-harras que   se refiere al evaluador de cosechas) y que equivale a  calcular "a ojo". En el campo murciano y valenciano, se aplica,  especialmente en el mercado de la naranjas como una modalidad de compraventa, en la cual se calcula la cosecha cuando aún está en flor, asumiendo el comprador el riesgo de pérdida por helada, pedrisco u otros fenómenos metereológicos que afecten a la producción. El alfarrassador es el tasador experto en calcular cosechas a ojo a partir de la flor que contiene el árbol. También se aplica en el juego de pilota para designar al que pronostica el ganador de una partida. 2. Ley 3/2013, de 26 de julio, de los Contratos y otras Relaciones Jurídicas Agrarias. El título I se dedica a las modalidades especiales del contrato de compraventa, regulando las tradicionales venta ...

Geografía y norma

Imagen
Regula el artículo 798 (no derogado por la Disposición derogatoria de la Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima, y por lo tanto vigente) del Código de Comercio las reglas materiales de un curioso expediente de jurisdicción voluntaria en un negocio mercantil de Derecho marítimo: la presunción de pérdida del buque por falta de noticias suyas , el plazo que debe transcurrir para que el asegurado pueda tener derecho al abandono así como la forma de acreditación de las mismas para poder reclamar a la aseguradora, sin necesidad de justificar la pérdida material del buque por establecerse una ficción de que se ha producido la misma. Ese plazo es de un año para los viajes ordinarios y de dos para los largos. Tendrá que acreditarse la ausencia de noticias mediante certificación del Cónsul o autoridad marítima del puerto de donde salió y otra de los cónsules o Autoridades marítimas de las de destino del buque de su matrícula que demuestre  no haber llegado a ellos durante ...

Clipperton. Santi Romano

Imagen
  Este verano en Roma compré el libro de Santi Romano, jurista italiano del siglo pasado, " Fragmentos de un diccionario jurídico ", siguiendo la recomendación de DIEZ-PICAZO, en sus " Ensayos Jurídicos  (tomo III)" que lo califica de "un libro extraordinario". Una de las entradas de ese Diccionario, "Clipperton" llamó en seguida mi atención. Clipperton es un pequeño atolón del Pacífico, deshabitado,  sobre el que surgió un conflicto de soberania entre Méjico, frente a cuyas costas está situada el islote, y que alegaba títulos históricos derivados del descubrimiento por los conquistadores españoles y Francia, que la reclamaba por ocupación efectiva, aunque ligera, al ser ésta ocupación un mero avistamiento, sin desembarco, del que se levantó acta de 1858 por los tripulantes del buque francés L,Amiral. Este litigio fue resuelto por laudo arbitral del Rey de Italia, Víctor Manuel III en  1931, que puede ser consultado aquí,https://sre.gob.mx/images...

Garrigues, maestro de juristas y novelistas

Imagen
  No voy a ser yo quien descubra la talla de la figura de Joaquín Garrigues Diez-Cañavate, (1899-1983 ), fundador de la moderna Escuela de Derecho Mercantil, Catedrático y Abogado. Pero si pretendo en esta entrada rendir mi particular homenaje, reseñando lo dicho por él en los prólogos a sus principales obras jurídicas, para intentar descubrir la personalidad que en ellos trasluce, su concepción del Derecho y, en definitiva, de la vida. Sin entrar a analizar las relaciones entre Derecho y literatura porque exceden del objeto de este blog, interesa traer a colación el testimonio del novelista Miguel Delibes acerca del Curso de Derecho Mercantil sobre el que afirmó: “ Usted no ignora que la raíz de mi literatura está en su Curso de Derecho Mercantil, que abordé por primera vez en los años 40, con el recelo que inspira de entrada esta materia, para acabar descubriendo en él la literatura, esto es, el arte de encadenar palabras con belleza y erudición, la exactitud del adjetivo, el ram...

BARRATRY

Imagen
I. Introduccion En esta entrada trataremos de un término perteneciente al Derecho marítimo histórico, la " Baratería ” que, a pesar de que pudiera parecer anacrónica y obsoleta, no lo es tanto, pues puede tener importantes implicaciones en Derecho actual dentro del campo del Derecho de sociedades. II. Acepciones Pues bien, entrando en materia, la Baratería se define en el Diccionario de términos de seguro de la Fundación Mapfre como la “ denominación que, especialmente en el seguro marítimo, se da al fraude cometido por el asegurado, destinado a simular las consecuencias de un accidente de forma que el asegurador aparezca como obligado a satisfacer una indemnización superior a la debida. En Derecho Marítimo, se conoce como tal al daño que pueda provenir de un hecho u omisión del capitán de un buque, sea por malicia o dolo, sea por impericia, negligencia o descuido.” Por su parte, en el Diccionario de la Real Academia Española encontramos la definición del vocablo Baratería:  “...